En la ley de Canon, la afinidad es una relación que se presenta de la cópula sexual de un hombre y de una mujer, suficiente para la generación de niños, por el que el hombre haga relacionado a la mujer de la mujer a los sangre-parientes y al hombre.
Si esta cópula está entre el marido y la esposa, esta relación extiende al cuarto grado de la consanguinidad, y el grado de afinidad coincide con el de la relación de sangre.
La afinidad no engendra hoy afinidad. Por lo tanto los parientes del hombre no hacen parientes de los parientes de la mujer, ni unos ni otros hacen los de la mujer hacen parientes de los parientes del hombre.
Incluso si la cópula era el resultado de la fuerza o confiado en ignorancia, e. en embriaguez, el efecto jurídico seguiría.
El consejo de Trent no hace ninguna distinción con respecto al grado en cualquier línea. Aunque la iglesia no tiene ninguna jurisdicción sobre unbaptized, con todo él considera una afinidad que se presenta antes de bautismo como impedimiento dirimente.
Ante el cuarto consejo de Lateran dos otras clases de afinidad fueron reconocidas como impedimiento a la unión. Si un hombre entonces casó a viuda, los que eran relacionados con ella por el matrimonio anterior eran también relacionados con el actual marido. Por otra parte, si el primer marido de la viuda había sido un viudo, los parientes de sangre de su primera esposa eran relacionados con el primer marido, eran también relacionados con la nueva esposa, y con el marido pasado.
La afinidad también, en la ley antigua, se presentó entre los niños de una mujer de un marido difunto y los niños de su marido de una esposa difunta. Por lo tanto un padre y un hijo no podrían casar a una madre y a una hija. La afinidad engendró afinidad. Pero el cuarto consejo de Lateran quitó todos pero la primera clase de afinidad; por lo tanto el axioma que " la afinidad no engendra el affinity".
Había una cierta discusión en el siglo XVIII si un padrastro podría casar a la viuda de su hijastro difunto; pero autoritariamente era decidido, como los estados de Benedicto XIV (De Syn., IX, XII) que no había impedimiento a su unión, él que es eliminado por el cuarto consejo de Lateran.
El impedimiento a la unión de la afinidad se presenta de la ley eclesiástica . Esto es reconocida claramente hoy por los teólogos con respecto a afinidad colateral. La iglesia concede la dispensación todos los grados de esta afinidad. En vista de afinidad en la línea directa, había una discusión seria si el primer grado se presentó de una ley natural, divina, o eclesiástica; ¿por qué ley prohibieron a un padrastro casar a su hijastra? La iglesia se refrena de conceder la dispensación, pero no niega la derecha de hacer tan. De hecho, un decreto de la oficina santa ( el 20 de febrero, el 1888 ) implica que esta afinidad se presenta de ley eclesiástica: " El padre santo permite que los obispos dispensen de todos los impedimientos públicos dirimentes de la unión derivada de la ley eclesiástica, excepto de la orden de la sacerdocio, y la afinidad, en la línea directa, presentándose de intercourse." legal; Estados de Craisson (hombre. 4285) ese " Ordenador Andegavensis" cotizaciones ( 394 ) Sánchez y Pontius como afirmando ese " el papa dispensa a infieles convertidos casados dentro de este primer grado de afinidad, si habían contratado la unión de acuerdo con la ley de su country." Esto supone que esta afinidad el primer grado de la línea directa no es un impedimiento de la ley natural o divina. Una discusión adicional se puede extraer de la dispensación que la iglesia concede en este caso a donde ha habido cópula ilegal oculta. Cualquier repugnance de la naturaleza entonces se sostendría, como donde la cópula procedió de la unión.
Si una persona casada tiene cópula con los unión-socios sangre-relativos del segundo grado, en la línea directa o colateral, una pena se pone sobre un tan sinning de perder la derecha de pedir cópula marital del unión-socio, aunque la parte inocente no pierde la derecha de demandarla. Si el mal había sido hecho con miedo, la enseñanza común es que la pena no está contraída, y ésta es también probablemente tan si está hecha sin el conocimiento de la pena. Si está incurrida en, una dispensación de la pena se puede obtener del obispo. La afinidad llegó a ser más complicada, y agrega nuevas barras a la unión, si la persona tenía cópula con varias personas de diversos grados de afinidad. Por la ley romana, la afinidad cesó en la muerte de la que está de quién originó. Así cuando un padre remarried murió, su segunda esposa era no más relacionada con los niños de su esposa anterior. Por ley de canon una unión no llevada a cabo no engendra afinidad. Por una falta de información de la unión con un impedimiento dirimente, la afinidad no extiende probablemente más allá del segundo grado. Por el código francés la afinidad en la línea directa, y el primer grado de la línea colateral, es una barra a la unión, aunque el privilegio fue dado al rey de dispensar en el segundo caso.
Hasta el paso falleció el acto 1907 de la unión de la hermana de la esposa, la ley británica de la unión prohibió la unión de un hombre con la hermana de su esposa difunta, y una unión de esta clase realizada en las colonias del Imperio británico, en donde puede ser que sea permitida, no fue llevada a cabo como válida en el Gran Bretaña . En la sesión del parlamento británico en el 1906, un esfuerzo fuerte fue hecho para decretar una ley para reconocer como válido, en Gran Bretaña, tal unión, si la ley colonial reconoció su validez donde contratada.
En Virginia esta unión es nula, pero se reconoce generalmente en los otros Estados de la Unión.
La iglesia griega se adhiere a la ley según lo colocado en Leviticus, xviii, 8, 14, 16, 18; xx, 11, 12, 14, 19, 21. Con todo los patriarcas y los obispos griegos conceden dispensaciones de algunas de las afinidades en esto mencionadas. El Nestorians permite que la afinidad engendre afinidad muy extensivamente. Los armenios amplían la afinidad al cuarto grado. El acercamiento unido de Orientales las regulaciones católicas .
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