El asunto 209 era un asunto de balota de California 1996 que el enmendó la constitución del estado para prohibir a instituciones públicas que discriminaba en base de la raza, del sexo, o de la pertenencia étnica . Había sido apoyado por la campaña preliminar de las derechas civiles de California, llevado por la sala regente Connerly de la Universidad de California, y opuesto por los grupos de presión pro- de la acción positiva . El asunto 209 fue votado en ley sobre el 1996 del 5 de noviembre, con el 54 por ciento del voto. En la elección de noviembre de 2006 en Michigan, una enmienda similar fue pasada, dado derecho el Michigan la iniciativa de las derechas civiles.
El el el 27 de noviembre 1996, Thelton Henderson del juez de la corte de districto de los E. bloqueó la aplicación del asunto. Un panel de tres jueces del 9no Tribunal de Circuito de Apelaciones volcó posteriormente ese acto. El asunto 209 ha sido el tema de muchos pleitos en tribunales estatales desde su paso.
Desde el paso del asunto 209, tarifas más altas de la graduación se han fijado en las escuelas de la Universidad de California, que llevaron a opositores de la acción positiva para sugerir un nexo causal entre el asunto 209 y un cuerpo de estudiante mejor-preparado. La tarifa de la graduación del afroamericano en la Universidad de California, Berkeley creciente en el 6.5 por ciento, y se levantó más dramáticamente, a partir el 26 por ciento a el 52 por ciento, en la Universidad de California, San Diego .
Mientras que la graduación del afroamericano clasifica en Uc Berkeley creciente en el 6.5 por ciento, las tarifas de la inscripción cayeron perceptiblemente. De hecho, los opositores del asunto 209 observan que hay mayores disparidades en la educación de la élite en la era del poste-Asunto 209 debido a la inscripción Latino disminuida del afroamericano y . Los autores, por una parte, observan que la inscripción asiática del americano clasifica aumentado dramáticamente en una mayoría de campus del UC.
(a) El estado no discriminará contra, o conceder al trato preferente a, a cualquier individual o grupo en base de la raza, del sexo, del color, de la pertenencia étnica, o del origen nacional en la operación del empleo público, de la enseñanza pública, o de la contratación pública.
(b) Esta sección se aplicará solamente a medidas tomadas después de la fecha eficaz de la sección.
(c) No se interpretará nada en esta sección como prohibir las calificaciones auténticas basadas en sexo que son razonablemente necesarias a la operación normal del empleo público, de la enseñanza pública, o de la contratación pública.
(d) No se interpretará nada en esta sección como invalidación de ninguÌn orden judicial o decreto de consentimiento que esté en vigor en fecha la fecha eficaz de esta sección.
(e) No se interpretará nada en esta sección como prohibir medidas que se deban tomar para establecer o para mantener la elegibilidad para cualquier programa federal, donde la inelegibilidad daría lugar a una pérdida de Fondos Federales al estado.
(f) Para los propósitos de esta sección, " state" incluirá, pero será limitado no no necesario a, el estado sí mismo, cualquier ciudad, el condado, la ciudad y el condado, sistema universitario público, incluyendo la Universidad de California, el districto del Instituto de Enseñanza Superior, el distrito escolar, el districto especial, o cualquier otro conducto político del subdivisión o gubernamental o dentro del estado.
El (G) los remedios disponibles para las violaciones de esta sección será igual, sin importar la raza del partido dañado, sexo, color, pertenencia étnica, u origen nacional, al igual que de otra manera disponible para las violaciones de la ley entonces-existente de la antidiscriminación de California.
(h) Esta sección uno mismo-ejecutará. Eventualmente la parte o las partes de esta sección se encuentra para estar en conflicto con ley federal o la constitución de Estados Unidos, la sección será ejecutada al máximo que la ley federal y la constitución de Estados Unidos permiten. Cualquier disposición se consideró inválido será separable de las porciones restantes de esta sección.
Las universidades privadas y las universidades, así como patrones, no están conforme al asunto 209 y muchas continúan administrando programas tradicionales de la acción positiva.
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