La evidencia directa es el testimonio o la otra prueba que expreso o directo prueba la existencia de un hecho. Es diferente de la prueba circunstancial, que es la evidencia que, sin ir directo a probar la existencia de un hecho, da lugar a una inferencia lógica que existe tal hecho.

La evidencia directa es la evidencia que, si está creída, prueba la existencia del hecho en la edición sin inferencia o la presunción. Es la evidencia que viene a partir de la una quién habla directo de su propio conocimiento en el hecho principal o último que se probará, o que vio u oyó las materias efectivas cuál es el tema del testimonio. No es necesario que este conocimiento directo esté ganado con los sentidos de la vista y de la audiencia solamente, pero puede ser obtenido de los sentidos uces de los con los cuales se adquiere el conocimiento exterior, incluyendo los sentidos del tacto o del dolor.

Estado v Famber, 358 MESes 288, 214 SW2d 40 del .

Ver también

Prueba circunstancial

aw-trozo .

  • Zenithic
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