La ley comparativa es el estudio de diferencias y de semejanzas entre la ley de diversos países. Más específicamente, implica el estudio de los diversos sistemas legislativos en existencia en el mundo, incluyendo la ley común, el derecho civil, la ley socialista, la ley islámica, la ley hindú, y la ley china . Incluye la descripción y el análisis de los sistemas legislativos extranjeros, incluso donde no se emprende ninguna comparación explícita. La importancia de la ley comparativa ha aumentado enorme de la actual edad del internacionalismo, de la globalización económica y de la democratización.

Propósito de la ley comparativa

La ley comparativa es un estudio académico de sistemas legislativos separados, cada uno analizado en sus elementos constitutivos; cómo diferencian en los diversos sistemas legislativos, y cómo sus elementos combinan en un sistema.

Varias disciplinas se han convertido como ramas separadas de la ley comparativa, incluyendo el derecho constitucional comparativo, el derecho administrativo comparativo, el derecho civil comparativo (en el sentido de la ley de agravios, de delitos, de contratos y de obligaciones), el derecho mercantil comparativo (en el sentido de las organizaciones y del comercio de negocio), y el derecho penal comparativo. Los estudios de estas áreas específicas se pueden ver como análisis legal micro- o macro-comparativo, es decir comparaciones detalladas de dos países, o estudios a gran escala de varios países. El derecho civil comparativo estudia, por ejemplo, la demostración cómo la ley de relaciones privadas se organiza, se interpreta y se utiliza en diversos sistemas o países.

Aparece que los propósitos principales de la ley comparativa están hoy:

  • para lograr un conocimiento más profundo de los sistemas legislativos en efecto
  • para perfeccionar los sistemas legislativos en efecto
  • posiblemente, contribuir a una unificación de sistemas legislativos, de una escala más pequeña o más grande (cf. por ejemplo, la iniciativa de Unidroit )

Ley comparativa de Montesquieu

Según la visión frecuente, se mira el Montesquieu como el “padre” de la ley comparativa. Su acercamiento comparativo es obvio en el extracto siguiente del capítulo III del libro I de su obra maestra, lois De l'esprit des:

" político y el derecho civil de cada nación debe ser adaptado de tal manera a la gente para quien se enmarcan que debe ser una gran ocasión si los de un juego otro de la nación.

Deben estar en lo referente a la naturaleza y al principio de cada gobierno; si lo forman, como puede ser dicho de leyes diplomáticas; o si lo apoyan, como en el caso de las instituciones civiles.

Deben estar en lo referente al clima de cada país, a la calidad de su suelo, a su situación y grado, a la ocupación principal de los naturales, si los husbandmen, los huntsmen, o los pastores: deben tener relación al grado de libertad que la constitución llevará; a la religión de los habitantes, a sus inclinaciones, riquezas, números, comercio, maneras, y customs."

También, en el capítulo XI (dado derecho “cómo comparar dos diversos sistemas de leyes ") del libro XXIX él aconseja eso

el 'to determina cuál de esos sistemas son los más conformes los sistemas franceses e ingleses para el castigo de testigos falsos razonar, nosotros debe tomarlos cada uno en conjunto y compararlos en su totalidad. '

Otro más extracto donde está evidente el acercamiento comparativo de Montesqieu es el siguiente del capítulo XIII del libro XXIX:

“Mientras que el derecho civil depende de las instituciones políticas, porque él se hace para la misma sociedad, siempre que haya un diseño de adoptar el derecho civil de otra nación, sería apropiado examinar de antemano si él tiene las mismas instituciones y la misma ley política.”

Relación con otros temas legales

La ley comparativa es diferente de los campos de la jurisprudencia general (teoría legal), del derecho internacional, incluyendo el derecho internacional público y el derecho internacional privado (también conocido como conflicto de las leyes ).

A pesar de las diferencias entre la ley comparativa y estos otros campos legales, las ayudas comparativas de la ley informan a todos estas áreas del normativity. Por ejemplo, la ley comparativa puede ayudar a las instituciones legales internacionales, tales como los del sistema de Naciones Unidas, en analizar las leyes de diversos países con respecto a sus obligaciones del tratado. La ley comparativa sería aplicable al derecho internacional privado al desarrollar un acercamiento a la interpretación en un análisis de conflictos. El comparativo puede contribuir a la teoría legal creando categorías y conceptos de uso general. La ley comparativa puede también proporcionar penetraciones en el problema de los trasplantes legales es decir el trasplante de la ley y de las instituciones legales a partir de un sistema a otro.

También, la utilidad de la ley comparativa para la sociología de la ley (y viceversa) es muy grande. El estudio comparativo de los varios sistemas legislativos puede demostrar cómo funcionan diversas regulaciones legales para el mismo problema en la práctica. Inversamente, la sociología de la ley puede ayudar a ley comparativa para contestar a preguntas, por ejemplo: ¿Cómo las regulaciones en diversos sistemas legislativos funcionan realmente en las sociedades respectivas? ¿Son ciertas reglas legales comparables? ¿Cómo las semejanzas y las diferencias entre los sistemas legislativos consiguen explicadas?

Importancia de la ley comparativa

La ley comparativa es una disciplina muy importante en la comunicación entre los sistemas legislativos. Puede proporcionar la base para la producción de diccionarios bilingües que incluyan la información necesaria hacer la comunicación legal a través de las fronteras acertada. También ayuda a entendimiento mutuo y a disipación del prejudicar y de la interpretación.

Clasificaciones de sistemas legislativos

El Arminjon, Nolde, y Wolff creyó que, con objeto de clasificar (entonces) los sistemas legislativos contemporáneos del mundo, fue requerido que el por sí mismo de esos sistemas consigue estudiado, con independencia de factores externos, tales como los geográficos. Propusieron a la clasificación del sistema legislativo en siete grupos, o a “familias supuestas”, particularmente:
El grupo francés, bajo el cual también incluyeron los países que codificaron su ley en diecinueveavo o por la mitad primer del vigésimo siglo, usar código napoleónico '' civil el '' del año 1804 como modelo; esto incluye países y jurisdicciones tales como Italia, Portugal, España, Luisiana, estados Suramérica (tal como el Brasil ), Quebec, Santa Lucía, Rumania, de las islas jónicas, Egipto, y Líbano
El grupo alemán
El grupo escandinavo (que abarca las leyes Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia, y Islandia )
El grupo inglés (incl. Inglaterra, el Estados Unidos, Canadá, Australia y entre otras cosas de Nueva Zelandia )
El grupo ruso
El grupo islámico
El grupo hindú

El David propuso el classificiation de sistemas legislativos, según la diversa ideología que inspiraba cada uno, en cinco grupos o familias:
Leyes occidentales, un grupo subdividido en: Subgrupo Romano-Germánico (que abarca esos sistemas legislativos donde la ciencia legal fue formulada según la ley romana )
Subgrupo anglosajón
Ley soviética
Ley musulmán
Ley hindú
Ley china

Especialmente con respecto a la agregación de David de las leyes Romano-Germánicas y anglosajonas en un unifamiliar, David sostuvo que la antítesis entre las leyes anglosajonas y las leyes Romano-Alemanas, está de un técnico algo que de una naturaleza ideológica. De una diversa clase está, por ejemplo, la antítesis entre (decir) la ley italiana y americana, y de una diversa clase que entre el soviet, los musulmanes, los hindúes, o ley china. Según David, los sistemas legislativos Romano-Germánicos incluyeron esos países en donde la ciencia legal fue formulada según la ley romana, mientras que los países de la ley común son ésos donde la ley fue creada de los jueces .

Las características que él creyó distingue únicamente a familia legal occidental de los otros cuatro son:
democracia liberal
economía capitalista
Religión cristiana

El Zweigert y Kötz propone una metodología diversa, multidimensional para categorizar leyes, es decir para las familias que ordenan de leyes. Mantienen que, para determinar a tales familias, cinco criterios deben ser considerados, particularmente: los antecedentes históricos, la manera característica de pensamiento, las diversas instituciones, las fuentes reconocidas de ley, y la ideología dominante.

Usar los criterios ya mencionados, clasifican los sistemas legislativos del mundo, en las seis familias siguientes:
La familia romana
La familia alemana
La familia angla-americano
La familia escandinava
La familia de las leyes Extremo Oriente ( China y Japón )
La familia religiosa (musulmán y ley Hindi )

Ver también

Sistemas legislativos del mundo (incluye acoplamientos a los sistemas legislativos de países específicos)
Sir Henry Maine
Friedrich Karl von Savigny
Jurisprudencia
Escuela histórica alemana
Justicia penal comparativa

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