La omisión es, en la enseñanza católica, la falta de hacer que algo una puede y debe hacer. Si sucede esto atento y libremente un pecado está confiado. El grado de culpabilidad contraído por una omisión es medido como ése que ata a los pecados de la comisión, por la dignidad de la virtud y de la magnitud del precepto a el cual la omisión se opone así como la cantidad de deliberación.

Una persona puede ser culpable de un pecado de la omisión no pudiendo hacer algo que él no puede hacer, por causa de una causa para que él es enteramente responsable, como cuando una persona sabe que la consumición a la embriaguez lo incapacitará, pero bebe. Paul refiere a este pecado directo cuando él indica el " Para mí no hago el bueno yo quiero… el " (7:19 de los romanos).

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