seguro contra incendios de Hartford del Co. 2891 ( 1993 ), eran un caso polémico del Tribunal Supremo de Estados Unidos que sostuvo que las empresas extranjeras que actuaban en países extranjeros podrían sin embargo ser llevadas a cabo obligadas para las violaciones del acto anticompetitivo de Sherman si conspiraron refrenar comercio dentro Estados Unidos, y ser tenidas éxito al hacer eso.
Los demandados levantan, y los rechazos de la corte la aplicabilidad del § 402 del acto anticompetitivo de las mejoras del comercio exterior de 1982 (FTAIA) Stat 96., que indica que el acto de Sherman no se aplica para conducir la participación de comercio exterior o de comercio (con excepción de comercio del comercio de importación o de la importación), a menos que " tal conducta tiene un effect" directo y razonablemente previsible; en comercio doméstico o de la importación. La corte encontró que la conducta en la edición aquí tenía claramente tal efecto.
La corte también encontró que, en la promulgación del FTAIA, el congreso de los E. no se prepuso escribir principios de cortesía en el acto de Sherman - pero incluso si tenían, éste no afectaría al resultado. El demandado y Hartford sostuvieron que la conducta a la cual los reaseguradores habían enganchado era legal en el Reino Unido. Sin embargo, la corte miraba a la ley de las relaciones exteriores de la nueva exposición (tercero), § 415, j del comentario para el principio eso: que el hecho de que la conducta sea legal en el estado en el cual ocurrió no, de sí mismo, uso de la barra de las legislaciones relativas a la competencia de Estados Unidos, incluso donde el estado extranjero tiene una política fuerte para permitir o para animar tal conducta. Además, la corte citó la ley de las relaciones exteriores de la nueva exposición (tercero), § 403, e del comentario para el asunto que existe ninguÌn conflicto " donde una persona conforme a la regulación por dos estados puede conformarse con both."
.
| Random links: | Iota, Luisiana | Bagnell, Missouri | Flota mediterránea (Francia) | Vibroblade | Hipoteca de aprecio compartido |